Las Marcas y el Metaverso

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El Metaverso es un concepto de ciencia ficción que ha tomado bastante fuerza en la industria tecnológica, llevando a que hoy sea catalogado como, un posible sucesor del internet actual. Su esencia se compone de una red de entornos virtuales siempre activos en los que diversidad de personas pueden interactuar entre sí y a su vez con objetos digitales a través de la operación de representaciones virtuales o avatares de sí mismos. (Binance Academy, 2022).

La idea del Metaverso principalmente integra una realidad virtual inmersiva con un juego de rol en línea a base del concepto de multijugador masivo y la web. El Metaverso es un acrónimo de meta, que significa trascendente, y verso, del universo. El novelista de ciencia ficción Neal Stephenson acuñó el término en su novela de 1992 “Snow Crash” para describir el mundo virtual en el que el protagonista, Hiro Protagonist, socializa, compra y vence a los enemigos del mundo real a través de su avatar, sin embargo el concepto es anterior a “Snow Crash” y se popularizó como “ciberespacio” en la innovadora novela de 1984 de William Gibson “Neuromancer.” Hay tres aspectos clave del metaverso a saber: presencia, interoperabilidad y estandarización. (Ratan and Lei, 2021).Pero ¿Cuál es la relación del Metaverso con el universo de protección marcaría?

Pues bien, a través de la implementación cada vez más plausible de este universo paralelo disponible a través de internet, diversas plataformas han innovado e incursionado en la implementación de moda en el Metaverso, decenas de diseñadores preparan y presentan colecciones pensadas para avatares digitales antes de introducirlas al mundo real o tangible, descubriendo que, ello lleva a una reducción considerable de costos de producción ergo tiene directa injerencia con la medición de la reducción de costos en caso de fracaso de las ventas online. (Valentín, 2022)

Estos productos se comercializan en una gran mayoría de coasiones mediante el sistema conocido como NFT, es decir Non-Fungible Token, hoy recordado por su impacto viral a nivel de moda. El caso tendencia que está marcando la pauta y ha atraído la atención tanto de usuarios como no usuarios del Metaverso se ha materializado a través de la disputa de Hermès contra Mason Rothschild. La marca francesa Hermès se vio en el ojo del huracán cuando, Mason Rothschild un reconocido artista digital a principios del año 2021 presentó un NFT único al que denominó “Baby Birkin”, ciertamente inspirado en la cartera más icónica de la marca francesa llamada Birkin. Como era de esperarse sus ventas fueron todo un éxito alcanzando ganancias por 23.500 dólares brindando un nuevo rumbo a Rothschild quien en diciembre del año 2021 ante su éxito inminente, no dudó en lanzar una colección completa llamada Metabirkin, de 100 NFT que cuentan con la imagen de una cartera muy parecido al Birkin de la casa francesa Hermès pero con diferentes estampados en un pelaje digital. Entiéndase bien que toda la colección fue destinada para utilizarse en el metaverso propiamente no en el mundo conocido como “real”. (Valentín, 2022)

Como se estipula en el texto de la demanda y se ha hecho público a través de redes sociales, la marca francesa ha calificado estos NFT de “falsos productos Hermès” e interpuso una demanda contra su creador ante un juzgado de Nueva York. En el texto, asegura que “el volumen total de ventas de MetaBirkins NFT superó los 1,1 millones de dólares, con precios unitarios entre 15.200 y 45.100 dólares”. Hermès reclama la paralización del proyecto, quiere recuperar el nombre del dominio Metabirkin y exige el pago de daños y perjuicios.(The Fashion LawBusiness & Tech, 2022).

Por su parte Mason Rothschild asegura que la primera enmienda de la constitución de Estados Unidos le da permiso para crear una versión imaginaria y digitalmente peluda de las carteras Birkin. La primera web que puso a la venta los Metabirkins los retiró pero a fecha del 19 de enero, todavía se los puede encontrar en otras direcciones web, donde se pueden comprar a partir de 5 ETH (una criptomoneda llamada Ether). (The Fashion LawBusiness & Tech, 2022)

Según The Fashion LA, “Hermès conserva fuertes derechos sobre el nombre y la composición del bolso Birkin para su uso en artículos de cuero y otros productos relacionados.” Supone entonces que para que la protección efectiva de la marca se perfeccione, debe esta, demostrar que sus derechos se extienden al Metaverso basándose los mismos sobre el bien propiamente siendo tal la cartera y el nombre Birkin en el espacio digital, y el comercio digital. La demanda deberá versar sobre la potencialidad de confusión que se presenta ante la solicitud inminente de los bienes y servicios, así como sobre el origen de los MetaBirkins y/o su asociación o vinculación con los NFT. (The Fashion LawBusiness & Tech, 2022)

El creciente número de demandas por marcas registradas que se centran en las NFT o simplemente exhibidas en nuevas plataformas, está dando lugar a una serie de preguntas novedosas, incluidas algunas que podrían requerir que los tribunales establezcan un precedente sobre la naturaleza y el propósito de las NFT (recibos digitales versus productos virtuales) y que podrían tener un efecto significativo en casos donde sea posible que se presente el análisis de probabilidad de confusión. Mientras tanto, no debemos pasar por alto el hecho de que estos casos aún giran en gran medida en torno a problemas bien establecidos del mundo “real”, centrados en la marca, que estos casos están trayendo al ámbito virtual.

Ahora bien por su parte, la marca Nike quien se vio en iguales circunstancias que Hermés, decidió proceder proteger su gigantesca industria de moda y equipamiento deportivo en el Metaverso, delimitando su solicitud al entorno digital mediante clases marcarias dirigidas exclusivamente a ceirtos servicios y productos digitales, como lo anunció The Fashion Law. Es así como la compañía ha presentado la solicitud en la Oficina de Marcas y Patentes de Estados Unidos a través de Rtkft, la start up de sneakers virtuales que compró el pasado diciembre. Tal y como se puede observar de su solicitud las peticiones de registro de marca de Nike se aplican a “cromos intercambiables, prendas de ropa, pelotas de baloncesto y fútbol, prendas de ropa para avatares, suministro de software (lo que incluye aplicaciones) y alquiler de contenido digital.” En concreto, “Nike ya presentó siete solicitudes similares ante las autoridades estadounidenses, también para su uso en Singapur, México, Suiza y Canadá, la empresa presentó una petición para proteger sus firmas, símbolos, logotipos y eslóganes en categorías como sombreros, gafas, bolsos, mochilas y equipo deportivo en el entorno virtual.” (The Fashion LawBusiness & Tech, 2022)

Lo anterior deja claro que Nike se ha convertido en el precursor de la moda en los primeros intentos de Metaverso o de plataformas que ya cuentan con realidad virtual y aumentada, toda vez que aun faltan años para crear uno o varios metaversos. Nike ha solicitado a Eric Redom estar al frente de las operaciones conjuntas de lanzamiento de Nikeland, un espacio de la marca en la plataforma Roblox, aprovechando las circunstancias que se presentaron de cara a la demanda contra la plataforma online de reventa de sneakers StockX por ofrecer non-fungible-tokens (NFT) de diseños de los tenis del grupo sin su consentimiento. La compañía consideró que la venta de sus productos a través de NFT es diferente a la distribución de sus artículos en formato físico y pidió al juzgado que impusiese una sanción monetaria a StockX, inculpándolo de infracción y dilución de marca y competencia desleal, y visualizando a través de allí que debía diversificar sus medios de alcance aprovechando la disyuntiva para expandir su línea de negocios. (Mean, 2022).

En suma por más de que lo anterior sea un mezcla manifiesta de una realidad que propone una convergencia entre la realidad “real” física y la realidad virtual desenvuelta en el Metaverso, es clave no dejar de lado que, a pesar de que se están empezando a explorar estos caminos conjuntos de desarrollo marcario, mientras que la casuística avance en estos temas, no es excusa trazar líneas grises en los vacíos legales para infringir evidentemente derechos de propiedad intelectual como marcas y derechos de autor, que, al día de hoy se encuentran plenamente protegidos en la gran mayoría de legislaciones. Un ejemplo de ello se puede dilucidar a través de el caso presentado por 20th Century Fox respecto de la famosa cerveza “Duff”, producto presentada en su serie televisiva los Simpson como la cerveza que bebía el protagonista principal Homero Simpson, no han sido pocos los esfuerzos de los dueños del programa por evitar la comercialización en el mundo real de la cerveza favorita de Homero Simpson, les han planteado no pocos problemas a sus fabricantes. En América Latina los procesos judiciales iniciados por la 20th Century Fox ya acabaron con la producción de cerveza Duff en México y Argentina, sin embargo la batalla legal ahora se sitúa en Colombia donde se ha ubicado la sede de la empresa que fabrica y comercializa la cerveza en Colombia, Chile y Brasil bajo el lema “¡Sí existe!”. (Reina, 2014).

Sin embargo, y pese a los argumentos esgrimidos por las partes, la SIC (Superintendencia de Industria y Comercio) ya se pronunció frente al caso, tal y como lo plantea asuntos legales “La resolución expedida por la Dirección de Signos Distintivos de la SIC se basó en tres puntos específicos: el primero, es el hecho de que Fox tiene los derechos de autor del signo Duff, el segundo, el conocimiento de la marca, es decir, la notoriedad de la duff como la cerveza de una serie estadounidense vista en todo el mundo, y el tercero, que existe una conducta sistemática de imitación de la empresa Duff Sudamérica que conduce a un indicio de competencia desleal. De igual manera, aunque hay cancelación de las marcas de Fox en Colombia, por no existir un producto real de la cerveza duff, Fox demostró que sí existe un producto ficticio que es de amplio conocimiento en la audiencia colombiana, pues más de 80% de las personas reconocen Duff como la cerveza de Homero.” (Wallace, 2012).

Por lo que es posible comprender que, aún cuando estamos ante la discusión de los derechos que versan sobre un producto ciertamente ficticio traído al mundo real y tangible, su protección abarca dicha dualidad de presentación, por lo que en concreto debería poderse aplicar en el mismo sentido para la protección de marcas divulgadas y protegidas en el mundo “real” comercializadas sin autorización en plataformas digitales donde existe interactividad de los usuarios o en el futuro Metaverso.

Referencias:

  1. Binance Academy. 2022. ¿Qué es el metaverso? | Binance Academy. [online].
  1. Mean, J., 2022. Nike, otro paso en el metaverso: solicita el registro de marca para más bienes virtuales. [online].
  1. Palco23.com. 2022. Nike, otro paso en el metaverso: solicita el registro de marca para más bienes virtuales. [online].
  1. Ratan, R. and Lei, Y., 2021. ¿Qué es el metaverso, futuro de la convivencia humana?. [online] The Conversation.
  1. Reina, M., 2014. La Superindustria protegió los derechos de la marca Duff de Fox. [online] Asuntoslegales.com.co.
  1. The Fashion Law. 2022. The Fashion Law | A Trusted Daily Source for Fashion, Law, Business & Tech. [online].
  1. Valentín, L., 2022. Hermès abre una pelea judicial en el metaverso por sus famosos bolsos Birkin. [online] RFI.
  1. Wallace, A., 2012. La lucha por la cerveza de Los Simpson – BBC News Mundo. [online] BBC News Mundo.
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